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AutorRespuesta No: 291901
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Fecha de respuesta: Martes 13 de Noviembre de 2012 22:25 2012-11-13 22:25 desde IP: 201.141.95.224
Si usted tiene la custodia completa de su hija, es decir, no es compartida, y dentro de la sentencia o convenio por medio del cual usted tiene la custodia no existe una prohibición, entonces puede cambiar su domicilio. Siempre y cuando informe al Juez de dicho cambio a fin de que quede constancia de su ex esposa sabe del nuevo domicilio de la menor y la forma de localizarla, telefono dirección exacta, etc.
Sin embargo debe seguir cumpliendo con el régimen de convivencias fijado, y dado que usted es el que cambia de domicilio debe traerla los días fijados para la convivencia, sin embargo puede convenir con la madre cualquier cuestión que sea conveniente para ambos.
Saludos
Lic. Elizabeth López
52195455
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