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  • Consulta : 176647
  • Autor : consultor77
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  • Autor
    Respuesta No: 291901

  • consultor77
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Si usted tiene la custodia completa de su hija, es decir, no es compartida, y dentro de la sentencia o convenio por medio del cual usted tiene la custodia no existe una prohibición, entonces puede cambiar su domicilio.  Siempre y cuando informe al Juez de dicho cambio a fin de que quede constancia de su ex esposa sabe del nuevo domicilio de la menor y la forma de localizarla, telefono dirección exacta, etc.

     

    Sin embargo debe seguir cumpliendo con el régimen de convivencias fijado, y dado que usted es el que cambia de domicilio debe traerla los días fijados para la convivencia, sin embargo puede convenir con la madre cualquier cuestión que sea conveniente para ambos.

     

    Saludos

     

    Lic. Elizabeth López

    52195455