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Fecha de respuesta: Lunes 12 de Noviembre de 2012 14:48 2012-11-12 14:48 desde IP: 187.131.164.49
Estimada Ileana:
Tiene Usted razón, me equivoqué al decir que su matrimonio se encuentra en el régimen de sociedad conyugal, cuando era el de separación de bienes. Bueno, ofrezco una disculpa, y aún así reitero que la consultante puede obtener la casa (parcialmente, puede obtener la posesión mas no la propiedad), en fin mea culpa todo este rollo.
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