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  • Consulta : 176213
  • Autor : abogado potosino
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  • Autor
    Respuesta No: 291532

  • abogado potosino
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    procede el  Amparo en Revision por asi establecerlo los articulos 37 y 83 fraccion iv de la Ley de Amparo, mediante el cual deberas expresar los agravios conducentes, invocando el principio pro homine o el Principio de Mayor beneficio que el ya alcanzado por haberse considerado que el auto de formal prisión reclamado no fue debidamente motivado y fundado, sobre todo porque dices se encuentra  privado de su libertad.