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  • Consulta : 176202
  • Autor : Ochoa, Donis S.C.
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  • Autor
    Respuesta No: 291540

  • Ochoa, Donis S.C.
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Lo que Usted manifiesta se denomina extorsión. De conformidad con el artículo 16 de la Constitución, nadie puede ser molestado en sus papeles, posesiones, o cosas, sino mediante mandamiento escrito de autoridad competente que funde y motiva la causa legal del procedimiento, luego entonces el SACM, no es ninguna autoridad y mucho menos competente para estarle molestando en su negocio. És lo que se conoce como derecho de piso desafortunadamente muy común hoy en día. La próxima vez que le lleguen a molestar llame a una patrulla y denúncielos por el posible delito de extorsión, de ser posible filme con cámara oculta el momento de la extorsión.