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AutorRespuesta No: 291472
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Fecha de respuesta: Viernes 09 de Noviembre de 2012 19:52 2012-11-09 19:52 desde IP: 187.142.240.67
desde mi punto de vista el que puede cobrar esos pagares es el albacea de la sucesion de tu abuelo, los que tengan menos de tres años a partir de la fecha de vencimiento pueden ser cobrados por la cia ejecutiva y los que tengan menos de 10 años se cobraran por la via ordinaria. saludos y suerte en tu asunto.
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