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AutorRespuesta No: 291368
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Fecha de respuesta: Jueves 08 de Noviembre de 2012 23:42 2012-11-08 23:42 desde IP: 189.137.74.186
Si puede usted rentar el inmueble, pero celebre contrato por escrito y con testigos, para que en caso de que los inquilinos algun dia traten de utilizar el hecho de que usted no tenga escrituras, con el contrato por escrito, pueda demandarlos. Atte. Lic. J. L. Camacho.
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