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  • Consulta : 175857
  • Autor : cerillo wmw
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  • Autor
    Respuesta No: 291216

  • cerillo wmw
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Hola

    El período probatorio se abre para que las partes ofrezcan sus respectivas pruebas. El demandado deberá de ofrecer sus pruebas para acreditar sus excepciones, mientras el actor deberá de acreditar su acción.

    La certificación se refiere a que el órgano jurisdiccional deberá de precisar dentro de las constancias del expediente cuando inicia y cuando termina el periodo de ofrecimiento de pruebas. Cuando el periodo termine ya no podrás ofrecer ninguna prueba.

    Por ejemplo: se puede determinar que el periodo para ofrecer pruebas comienza el 5 de noviembre del 2012 y concluye el 14 de diciembre…

    Ese periodo de 30 días, puede dividirse en 10 para ofrecer y 20 para desahogar, por decir un ejemplo

    Saludos