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AutorRespuesta No: 291216
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Fecha de respuesta: Miércoles 07 de Noviembre de 2012 19:34 2012-11-07 19:34 desde IP: 201.145.152.154
Hola
El período probatorio se abre para que las partes ofrezcan sus respectivas pruebas. El demandado deberá de ofrecer sus pruebas para acreditar sus excepciones, mientras el actor deberá de acreditar su acción.
La certificación se refiere a que el órgano jurisdiccional deberá de precisar dentro de las constancias del expediente cuando inicia y cuando termina el periodo de ofrecimiento de pruebas. Cuando el periodo termine ya no podrás ofrecer ninguna prueba.
Por ejemplo: se puede determinar que el periodo para ofrecer pruebas comienza el 5 de noviembre del 2012 y concluye el 14 de diciembre…
Ese periodo de 30 días, puede dividirse en 10 para ofrecer y 20 para desahogar, por decir un ejemplo
Saludos
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