- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 175836
- Autor : Ochoa, Donis S.C.
- Consultas en Foro: 1
- Respuestas en Foro: 8785
- Vox Populi:
Política:
Derecho:
Anecdotario:
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 6889
-
: 0 % -
: 0 %
-
AutorRespuesta No: 291207
-
Fecha de respuesta: Miércoles 07 de Noviembre de 2012 18:30 2012-11-07 18:30 desde IP: 201.141.58.134
Sí le pueden volver a embargar, es en el mismo juicio, pero para ello primero deberán presentar el avalúo de perito de los bienes embargados para demostrar que es insuficiente para cubrir el adeudo y de está manera solicitar al Juez una ampliación de embargo.
-
Autor





