- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 175703
- Autor : Natalia1202
- Consultas en Foro: 0
- Respuestas en Foro: 15
- Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 6729
-
: 0 % -
: 0 %
-
AutorRespuesta No: 291052
-
Fecha de respuesta: Martes 06 de Noviembre de 2012 12:51 2012-11-06 12:51 desde IP: 189.239.88.90
Estas consultas son cada vez mas comunes, le recomiendo busque las similares en este foro...
Por otro lado le comento, en efecto se puede abrir un juicio ejecutivo mercantil para pedir el pago de lo que usted adeuda, sin embago, cuando esto pasa nadie le avisa la fecha de su embargo, ya que el ejecutor JUDICIAL llega sin aviso a requerirle el pago del adeudo, si usted no tuviera entonces procede a embargar biene suficientes para cubrir el adeudo, esto se hace sobre SUS BIENES nos e puede hacer sobre bienes de alguien mas, para lo cual es necesario se tenga facturas y escrituras para acreditart que no es de su propiedad ya que de no tener esto, si usted no lo señala y el actor si lo hace al no acreditar la propiedad podran embargarlo.
Bueno lo anterior es el procedimiento correcto de un embargo juidical, ahora le comento los despachos de cobranzas utilizan mucho esa clase de cartas para asustar y que paguen como sea, le recomiendo llegar a un acuerdo de pago con el despacho o con el acreedor principal.
Saludos
-
Autor





