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Fecha de respuesta: Martes 06 de Noviembre de 2012 10:35 2012-11-06 10:35 desde IP: 207.249.9.148
Estimada Sra. Gualapue,
No se preocupe, para exhumar un cádaver debe existir una orden de autoridad (Ministerio Público o Juez Penal) para que se decrete tal acto. Para lo cual, debe existir previamente denuncia penal formal de persona que le conste que se trato de un homicidio, debiendo para ello aportar elementos y pruebas que funden el probable homicidio, en caso contrario la autoridad no le dará entrada. La prueba idonea para ese tipo de casos es la pericial de un médico especialista que presuma la existencia del delito de homicidio, (por arma de fuego, envenenamiento, etc, etc,)
Cabe señalar que cuando fallece alguna persona, siempre un médico debe de expedir el certificado de defunción, en donde se asienta los motivos y causas de la muerte. Si el médico detecta una situación que indique una muerte inducida (homicidio), da parte al ministerio público, para que investigue el probable delito de homicidio. En ese caso, no procede la inhumación o cremación, sino hasta que se le realice al cuerpo la autopsia de ley y se verifique si este se debe a una muerte natural o por homicidio.
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