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AutorRespuesta No: 292773
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Fecha de respuesta: Miércoles 21 de Noviembre de 2012 19:55 2012-11-21 19:55 desde IP: 200.77.173.168
tinalucha
Le respondo aunque tarde por diez dias, esta usted a tiempo de asistirse de abogado de su confianza para tramitar en la VIA DE JURISDICCION VOLUNTARIA para notificar con al menos treinta dias de anticipacion al vencimiento del contrato de manera indubitable a traves del actuario de un juzgado de lo civil que ya no es su voluntad renovar el contrato de arrendamiento a su vencimiento, le sugiero que una vez que se practique la notificacion solicite usted por conducto de su abogado copias certificadas de todo lo actuado en el expediente para el caso de que no desocupe el arrendatario dentro del termino concedido el inmueble, dichas copias certificadas le serviran como prueba documental publica para interponer demanda en la VIA DE CONTROVERSIA DE ARRENDAMIENTO.
Asistase de abogado de su confianza y le sugiero no haga caso de quienes en este consulta le mencionaron la tacita reconduccion, ni mucho menos a los que de manera abusiva se anuncian en este Foro de Orientacion Legal GRATUITA.
Saludos.
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