- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 175435
- Autor : marcomcmlx
- Consultas en Foro: 0
- Respuestas en Foro: 1907
- Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 6895
-
: 0 % -
: 0 %
-
AutorRespuesta No: 291372
-
Fecha de respuesta: Viernes 09 de Noviembre de 2012 00:18 2012-11-09 00:18 desde IP: 189.225.42.221
Como te decía mientras dure la incapacidad temporal el IMSS te pagará el 100% de tu salario de cotización.
Si todo sale bien y el seguro te da de alta y determina que no hay secuelas, ahí terminará la incapacidad y volverás al trabajo.
Si no te puedes recuperar y existe alguna secuela el seguro te valuaría el daño y dependiendo de esta valuación se vería si te corresponde una indemnización o una pensión por incapacidad permanente parcial.
Y como información te diré que cuando hay una incapacidad permanente esta puede ser parcial o total, obviamente tota significa que ya no puedas volver a trabajar.
La pensión por IPT equivale al 70% de tu salario de cotización.
Para la pensión por IPP el IMSS valúa con un porcentaje el daño y se calcula con el porcentaje de valuación sobre ese 70%. Hasta 25% procede indemnización, entre 25 y 50 % el trabajador elige entre pensión o indemnización y más de 50% es pensión.
En caso de indemnización esta equivalen a cinco anualidades de la que hubiera correspondido por pensión.
Pero no nos adelantemos, esperemos a ver cómo evolucionas y deseando que no tengas un daño permanente.
-
Autor





