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AutorRespuesta No: 290798
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Fecha de respuesta: Domingo 04 de Noviembre de 2012 02:05 2012-11-04 02:05 desde IP: 189.177.20.22
Buenas tardes ustedes tienen derecho a una pensión alimenticia tú y tus hijos respecto de los bienes al concubinato el regimén que les aplica es el de sociedad conyugal, es decir la mitad de los bienes te corresponden, si es que se adquirió durante el tiempo que estuvieron juntos, para acreditar el concubinato no tendrás problemas ya que tus hijos serviran como una presunción de que vivieron como un matrimonio, con independencia a el concubinato repito la pensión alimenticia acredites o no el concubinato, es obligación legal que la proporcione, si no se adquirió el bien durante este tiempo servira para garantizar que cumpla con la obligación de dar alimentos, busca a un abogado de tu Estado con especialidad en derecho familiar, pero espero se tranquilice el no puede correrla ya que seguramente ese departamento es también de usted por lo menos el 50 % . Abogados enruz le asesora legalmente con gusto esta a sus órdenes w. w. w. enruz . c o m . m .x .
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