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  • Consulta : 175433
  • Autor : abogados enruz
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  • Autor
    Respuesta No: 290797

  • abogados enruz
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

     

    Buenas tardes ustedes tienen derecho a una pensión alimenticia tú y tus hijos respecto de los bienes al concubinato le corresponde la sociedad conyugal es decir la mitad de los bienes te corresponden si es que se adquirió durante el tiempo que estuvieron juntos, para acreditar el concubinato no tendrás problemas ya que si tu hijo mayor tiene 15 años y la otra pequeña de meses por lo tanto será fácil que acredites los 15 años que han vivido como un matrimonio, con independencia a el concubinato repito la pensión alimenticia acredites o no el concubinato es obligación legal que la proporcione busca a un abogado de tu estado con especialidad en derecho familiar, pero espero se tranquilice el no puede correrla ya que seguramente ese departamento es también de usted por lo menos el 50 % . Abogados enruz le asesora legalmente con gusto esta a sus órdenes w. w. w. enruz . c o m . m .x .