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AutorRespuesta No: 290511
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Fecha de respuesta: Jueves 01 de Noviembre de 2012 10:50 2012-11-01 10:50 desde IP: 201.141.26.225
Debe Usted y sus compañeros acudir de inmediato al Tribunal de lo Contencioso Administrativo de su Estado, a efecto de demandar la indemización conforme a derecho además de solicitar la suspensión del acto reclamado. Recientemente la Suprema Corte determinó que no procede la reinstalación pero sí la indemnización. También tienen derecho a que el Tribunal les asesore y represente gratuitamente durante el procedimiento. Ya no pierda el tiempo tratando de negociar, sólo lo están entreteniendo para que pierda el derecho a demandar.
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