- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 175044
- Autor : sotnas125
- Consultas en Foro: 0
- Respuestas en Foro: 76
- Vox Populi: Política: 0 Derecho: 0 Anecdotario: 0
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 6727
-
: 0 % -
: 0 %
-
AutorRespuesta No: 290384
-
Fecha de respuesta: Miércoles 31 de Octubre de 2012 02:02 2012-10-31 02:02 desde IP: 189.242.254.38
El objeto del apostille en un documento oficial, es con la única finalidad de que este sea reconocido por las autoridades del país huesped para realizar cualquier tipo de trámite, no afecta en forma alguna la naturaleza de los derechos de la persona, tampoco existe dispocisión legal que faculte a los funcionarios para la retención del mismo.
De igual forma en caso de ser requerido el apostille para tramitar la naturalización de la persona, para efecto de adquirir de la doble nacionalidad. Al ser otorgada por las autoridades competentes, los derechos de los titulares, son reconocidos por ambos países.
-
Autor





