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  • Consulta : 174938
  • Autor : calamarin
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    Respuesta No: 290302

  • calamarin
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    mauricio_1982:

    No, no puede embargar al padre del deudor, dado que no es Aval, pero lo que puede Usted hacer es señalar los bienes que estan en la casa donde vive el deudor, no importa que no sean de el (siempre y cuando no este el propietario de dichos bienes, o aun estando no acredite con facturas que pertenecen a el). 

    Y si posteriormente al señalamiento de embargo, el que se hace  llamar propietario de dichos bienes pretende que no esten señalados para embargo, tendra que promover una terceria excluyente de dominio.

    Saludos.