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  • Consulta : 174938
  • Autor : Natalia1202
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  • Autor
    Respuesta No: 290291

  • Natalia1202
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    Un embargo siempre se hace con las cosas de el deudor asi que no no se puede realizar a menos de que este alla quedado de aval o de obligado solidario de otra manera al acreditar la propiedad d elas cosas con facturas o escrituras el ejecutor estaria incurriendo n una falta si embargara esas cosas.

    Saludos