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Fecha de respuesta: Jueves 08 de Noviembre de 2012 16:17 2012-11-08 16:17 desde IP: 201.170.109.28
Es un tema delicado pero en ese caso se puede solicitar la custodia temporal ofreciendo un régimen de visitas en el centro de convivencias adscrito al juzgado para que la madre pueda verlo, pues existe un reconocimiento con solo acreditar la personalidad y exhibiendo el acta de nacimiento del niño.
Si Usted presume eso, puede ser dificil probarlo pero podemos recusar al Juez, por las causas que nos comenta así como las que expresamente marca la ley. Si desea una consulta, asesoría e iniciar el procedimiento, estamos a sus órdenes en:
Avenida ermita sur 5524
Fraccionamiento electricistas
Frente a plaza ermita
Tijuana Baja California
Oficina 6089118
Corporativo Jurídico Frias, S. C. -
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