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  • Consulta : 174283
  • Autor : PEGZA
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  • Autor
    Respuesta No: 290166

  • PEGZA
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Que tal, el seguro de vivienda es para el caso de que fallezcas o quedes incapacitado para trabajar, se cubra el monto faltante del crédito hipotecario.

    En cuanto a los daños, debes demandar los vicios ocultos del inmueble, consulta con un abogado en la Defensoría de Oficio del Tribunal Superior de Justicia de tu Estado o de Universidades Públicas o Privadas.

    PEGZSAV ABOGADOS – Especialistas en Seguros