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  • Consulta : 174018
  • Autor : felixfrancisco
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  • felixfrancisco
    ABOGADO ADMINISTRATIVO


    (Visita mi oficina)

    Sindicato es la agrupación libre y democrática formada por trabajadores, esto es muy claro, por trabajadores, no socios cooperativistas. Por lo que, para crear un sindicato, el artículo 364 de la ley laboral prevé un mínimo de veinte trabajadores activos en una empresa o establecimiento. También es muy importante saber que ningún trabajador podrá ser obligado a pertenecer a un sindicato, pero una vez afiliado estará obligado a aportar una cuota establecida en el estatuto para su sostenimiento. Una vez constituidos en sindicato, pueden obtener mayores prestaciones mediante el contrato colectivo, incluso al contrato individual y a la propia Constitución. Esto es por la presión que ejercen los trabajadores organizados. Como parte patronal, debe reflexionarse la conveniencia de su constitución.