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  • Consulta : 174000
  • Autor : mariopintor
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    Respuesta No: 297976

  • mariopintor
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    buenas tardes.

     

    Pues antes que nada en el acta constitutiva se debe haber aclarado eso de la clausula post-mortis y si no se menciona las acciones se heredarian a favor de sus hijos dejo testamento? si es asi menciono las acciones? tambien podrian entrar a la sociedad conyugal dichas acciones, y en todo caso el socio que queda vivo puede comprar las acciones a la familia del difunto.

     

    saludos