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Fecha de respuesta: Viernes 19 de Octubre de 2012 15:10 2012-10-19 15:10 desde IP: 187.186.248.216
Vera Usted, las reglas que regulan el procedimiento civil señalan que toda promoción deberá estar suscrita con la firma del abogado patrono, es decir, a quien le confió el asunto. No se que tan prudente sea despedir a él dela conducción del mismo. Ahora, por otro lado, ¿la función que van a tener las copias cual es?, pues para consolidar la adjudicación de la herencia, deben sí, pasar a protocolo notarial para que a su vez los herederos beneficiados con la adjudicación puedan inscribir en el Registro Público, y así quedar formalmente como nuevos dueños (sin soslayar los trámites de traslado de dominio). Este es el panorama a grandes rasgos, evalué si quiere despedir a su abogado. En caso de asistencia nos puede llamar al 4314-3308. MUCHA SUERTE
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