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  • Consulta : 173659
  • Autor : NGUSTAVO01
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  • Autor
    Respuesta No: 289155

  • NGUSTAVO01
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    Espero este en lo correcto. Me parece que se hizo un pago “sin querer queriendo”. En estos  casos la legislación civil contempla una figura jurídica que se llama pago de lo indebido  o enriquecimiento sin causa. Así mismo, el Código procesal civil señala que: “la acción procede en juicio aunque no se señale su nombre, con tal que se determine con claridad la clase de prestación”.

    Por lo anterior, en caso de ser necesaria la intervención jurisdiccional, basta con presentar con claridad las prestaciones a reclamar ante el Juez.

    Espero haber ayudado y en caso de asistencia nos pueda llamar al 4314-3308. SUERTE