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  • Consulta : 173404
  • Autor : licfcoruiz
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  • Autor
    Respuesta No: 289001

  • licfcoruiz
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    se entiende que no tiene que esperar hasta la sentencia el juez le otorga su regimen de convivencia provisional en lo que dura el procedimiento asesorese bien con su abogado de lo contrario mejor revoquelo