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Fecha de respuesta: Martes 16 de Octubre de 2012 19:24 2012-10-16 19:24 desde IP: 201.137.36.143
Estimada consultante:
En materia penal el hecho que el inculpado se reserve su declaracion es un derecho constitucional a no autoincriminarse, es por ello que si el no desea declarar a si sera. Ahora bien es obligacion del ministerio publico y del denunciante cuando se constituye como coadyuvante acreditar el cuerpo del delito y la probable responsabilidad, para, lo cual tienen que aportar medios de prueba.
Cuando una persona se reserva su derecho a declarar es porque su abogado se percata que no hay elementos suficientes en la denuncia o bien desea hacer una declaracion por escrito bien estructurada donde ofresca pruebas a su favor.
En el caso concreto si su esposo ha aportado una cantidad moneteria, aunque sea minima, y asi lo puede probar dudo mucho que su denuncia prospere. Por lo que le aconsejo que primero demuestre ante el juez de lo familiar que su exesposo ha incumplido y una vez que asi lo resuelva el juez familiar, presente copias certificadas de esa resolucion al ministerio publico, en este caso creame que hasta lo privan de la libertad.
Espero haberle ayudado en su consulta. saludos
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