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  • Consulta : 173128
  • Autor : legionmx
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  • Autor
    Respuesta No: 288826

  • legionmx
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    (Resumen de Actividades)

    Lamentablemente, de acuerdo a la Legislación Penal para el Estado de Aguascaliente, para que se configure el delito de estupro la victima debe de ser mayor de 12 años, pero menor de 16. Por lo que, segun la narración de la consultante, no existe el delito mencionado ya que la presunta víctima tiene 17. Incluso considerando que hubiese estado embarazada justo al cumpir los 17 años, no existiría delito ya que el hecho punible se hubiese entonces cometido cuando la presunta victima tenía 16 años. Por lo tanto, el sujeto pasivo no es aquel que señala la legislación vigente del estado para el delito de estupro.

    Además, por favor no divulguen preconcepciones arcaicas. Si bien es cierto que en el estado de Aguascalientes el delito de estupro se persigue por querella, es falso que el matrimonio entre el sujeto activo y el pasivo extinga la acción penal.

    En resumen, y para la consultante, lo único que puede hacerse en este caso es demandarle, primero, el reconocimiento de la paternidad al padré del futuro bebe, para despues demandarle alimentos para el mismo. Es probable que el presunto padre se niegue en primera instancia a reconocer al menor cuando nazca, ya que la documental del acta de nacimiento con su nombre sería suficiente para que la esposa le demande divorcio como conyuge culpable por la causal de adulterio. Pero eso es algo que debería tenerle sin cuidado, ya que lo importante es salvaguardar el derecho a la filiación del menor, así como hacer cumplir la obligación de alimentos por parte del padre.