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AutorRespuesta No: 288680
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Fecha de respuesta: Domingo 14 de Octubre de 2012 19:58 2012-10-14 19:58 desde IP: 201.124.59.4
Si el último domicilio conyugal se estableció en el Distrito Federal, deberá promover el divorcio incausado, para el cual basta con la voluntad de una de las partes para solicitar la disolución del vínculo matrimonial y adjuntar un convenio que contenga lo siguiente:
I. La designación de la persona que tendrá la guarda y custodia de los hijos menores o incapaces;
II.- Las modalidades bajo las cuales el progenitor, que no tenga la guarda y custodia, ejercerá el derecho de visitas, respetando los horarios de comidas, descanso y estudio de los hijos;
III.- El modo de atender las necesidades de los hijos y, en su caso, del cónyuge a quien deba darse alimentos, especificando la forma, lugar y fecha de pago de la obligación alimentaria, así como la garantía para asegurar su debido cumplimiento;
IV.- Designación del cónyuge al que corresponderá el uso del domicilio conyugal, en su caso, y del menaje;
V.- La manera de administrar los bienes de la sociedad conyugal durante el procedimiento y hasta que se liquide, así como la forma de liquidarla, exhibiendo para ese efecto, en su caso, las capitulaciones matrimoniales, el inventario, avalúo y el proyecto de partición;
VI.- En el caso de que los cónyuges hayan celebrado el matrimonio bajo el régimen de separación de bienes deberá señalarse la compensación, que no podrá ser superior al 50% del valor de los bienes que hubieren adquirido, a que tendrá derecho el cónyuge que, durante el matrimonio, se haya dedicado al desempeño del trabajo del hogar y, en su caso, al cuidado de los hijos o que no haya adquirido bienes propios o habiéndolos adquirido, sean notoriamente menores a los de la contraparte. El Juez de lo Familiar resolverá atendiendo las circunstancias especiales de cada caso.
En relación a los bienes que menciona, si dice que no están escriturados y no señala quién es el propietario original, es difícil darle una opinión al respecto, por lo que deberá acudir con un Lic. en Derecho especialista en materia familiar con toda la documentación con que cuente para que le dé su opinión con documentos en mano.
Suerte!
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