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  • Consulta : 172838
  • Autor : dorae
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  • Autor
    Respuesta No: 288531

  • dorae
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

     

    Algo importantísimo para brindarle orientación adecuada y que usted no menciona en su redacción, es saber si el menor fue registrado (o reconocido) legalmente por su padre.

    Si la respuesta es que si fue reconocido y hasta la fecha no aporta pensión alimentaria, puede usted entablar proceso legal demandando dicha pensión o bien la pérdida de la patria potestad.

    Si la respuesta es que el hijo no fue reconocido por el padre y solamente lleva los apellidos de la madre, entonces legalmente el señor no tiene ningún derecho sobre el menor y por lo tanto no tiene usted porque ceder a ninguna petición de su parte, tampoco tiene porque avisarle de sus salidas (en este aspecto tenga cuidado, puede haber intenciones ocultas en este solicitud).

    Si el menor no fue reconocido por el padre y este alega su paternidad y usted no quiere que lo reconozca, niéguela, así el peso de la prueba recaerá sobre el señor y si no tiene dinero para alimentarlo, mucho menos para pagar una prueba de paternidad, costo que oscila arriba de los trece mil pesos y en el supuesto que el llegase a realizarla, en el momento en que se determine la paternidad, también se determinan las obligaciones (alimentación) y obviamente los derechos (convivencia).

     

    Le recomiendo consulte con un abogado titulado, con cedula profesional, especialista en derecho familiar, para que pueda usted determinar con precisión las acciones a seguir.