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AutorRespuesta No: 288309
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Fecha de respuesta: Jueves 11 de Octubre de 2012 08:02 2012-10-11 08:02 desde IP: 189.178.216.209
callejitas78:
Claro está que no lo van a detener si se cumplen los requisitos de las actas especiales como más adelante explico más ampliamente.
En su consulta usted omite decir si es que en el citatorio le piden ir acompañado por abogado que lo defienda, y la falta de esta mención hará que sea ilegal el citatorio.
Pero si fue un error de usted, en todo caso el citatorio deberá contar con un número de expediente que comience con las letras "AE" que significan "acta especial" y que por lo mismo para nada son constitutivas de una averiguación previa como el citatorio dice que es, toda vez que este tipo de citas usualmente son empleadas para buscar una conciliación cuando se trata de delitos provados que solamente son perseguibles por querella necesaria, de tal manera que si el citatorio cumple con todos los requisitos, conviene que usted acuda a la cita pero acompañado de un abogado que tome notas de lo que haya declarado la otra parte, a efecto de tener elementos para una defensa en el evento de que sea inexistente un arreglo conciliatorio y se continúe el procedimiento con una averiguación previa en forma..
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