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  • Consulta : 172535
  • Autor : PEGZA
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  • Autor
    Respuesta No: 288286

  • PEGZA
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    Que tal, en la Ley sobre el Contrato de Seguro se estipula que en caso de que no hayan sido nombrados beneficiarios, se deberá pagar a la sucesión.

    Acude a la CONDUSEF a resolver tu problema o si gustas, puedes consultarnos.

    PEGZSAV ABOGADOS – Especialistas en Seguros