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  • Consulta : 172386
  • Autor : marcomcmlx
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  • marcomcmlx
    USUARIO REGISTRADO


    (Resumen de Actividades)

    La situación del Sr. Salvador es que en este momento no se encuentra dentro del período de conservación de derechos y por lo mismo no se puede pensionar.

    Para subsanar este problema es necesario que cotice por lo menos 52 semanas consecutivas en el régimen obligatorio.

    Si es dado de baja se interrumpirá el conteo de las 52 semanas consecutivas y tendrá que volver a empezar.

    Entiendo lo imposible en este país de encontrar trabajo a esa edad, es por eso que les aconsejo urgentemente buscar un patrón alterno que lo asegure con cualquier salario antes de que su actual patrón lo de de baja en el seguro. Tendrán que pagarle, pero bien vale la pena. O la otra es de plano hablar con su actual patrón y llegar a un arreglo.

    Para aplicar a la modalidad 40 necesita haber cotizado al menos 52 semanas en los últimos cinco años antes de su baja, lo que no sería el caso.

    Las dos alternativas que comentas no son viables.