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Fecha de respuesta: Martes 09 de Octubre de 2012 21:42 2012-10-09 21:42 desde IP: 201.141.155.181
Buen Dia
Mire trate de llegar a un acuedo por medio de un tercero para la entrega de el inmueble , ahora lo que respecta a las rentas Usted puede aceptarlas siempre y cuando tenga derecho a recibirlas es decir durante la vigencia mensual que ampare dicha renta.
En dado caso que el arrendaario persista en no entregar el bien Usted puede promover accion reividicatoria para recuperar su inmueble.
Saludos
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