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AutorRespuesta No: 288032
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Fecha de respuesta: Lunes 08 de Octubre de 2012 15:36 2012-10-08 15:36 desde IP: 200.34.175.252
Que tal, lo procedente es amparo indirecto, porque el incidente de nulidad de actuaciones, es procedente cuando subsista el juicio y, toda vez que ya se dictó sentencia, debes ganar el juicio constitucional.
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