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  • Consulta : 171960
  • Autor : lic_zermeno
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  • lic_zermeno
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    De pura casualidad... ¿No será?:

    Bien jurídico tutelado

    Interés Jurídico.

    El primero es un derecho o cosa que la norma protege: La vida, la salud, la libertad,  la propiedad, etc.

    El segundo es la titularidad que tiene sobre un derecho: Tiene interés jurídico el dueño de una cosa, en respecto al dominio de la misma.