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AutorRespuesta No: 287789
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Fecha de respuesta: Viernes 05 de Octubre de 2012 18:44 2012-10-05 18:44 desde IP: 189.167.93.113
Por disposición del artíclo 96 del la ley del seguro social las incapacidades por enfermedad no profesional, se pagan a partir del 4 dia de incapacidad. Por otra parte, el artículo 42 fracción II de la ley federal del trabajo, liberal patrón del pago de dicha incapacidad. Saludos.
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