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  • Consulta : 171725
  • Autor : garovalo
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  • Autor
    Respuesta No: 287544

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    no... es una accion laboral... cuando logras probar lo laboral... y no te paguen... entonces sera un delito... pero no antes,... articulos 103 y 110 de la ley laboral no reformada...