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AutorRespuesta No: 287487
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Fecha de respuesta: Miércoles 03 de Octubre de 2012 20:19 2012-10-03 20:19 desde IP: 201.141.0.34
La muerte no extingue obligaciones, por lo que el adeudo lo debe cubrir el poseedor del inmueble. Para cambiar el contrato de suministro se debe cubrir cualquier adeudo del medidor.
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