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Fecha de respuesta: Martes 02 de Octubre de 2012 17:54 2012-10-02 17:54 desde IP: 201.157.22.179
Buenas tardes
Los derechos a los alimentos que tienen los menores se deben pagar por ambos, madre y padre, segun sus posibilidades. En el caso presente, si el juez fijo ya como pension definitiva el porcentaje correspondiente no se puede modificar si no se justifica la necesidad mayor de porcentaje para la alimentacion de los menores. Ahora bien, no quedan sin hogar, parte de la pension alimenticia debe destinarse a la renta de un bien inmueble para que vivan con quien tenga la guarda y custodia.
Si hay separcion de los bienes no hay forma de que el juez obligue al padre a dejarles ni juridicamente ni de manera extrajudicial la casa. Le pertenecen exclusivamente al padre.
Saludos
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