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  • Consulta : 171533
  • Autor : consultor77
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  • Autor
    Respuesta No: 287305

  • consultor77
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    MIentras usted no incurra en alguna causal de pérdida de patria potestad, tiene todos los derechos de progenitor sobre la niña, por lo que usted puede solicitar un régimen de convivencias para poder verla e incluso convivir con ella en la casa de usted, llevarla a vacacionar, etc, ya que legalmente es su hija.

     

    Saludos

     

    Lic. Elizabeth López

    52195455