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  • Consulta : 171509
  • Autor : garovalo
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  • Autor
    Respuesta No: 287275

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    los derechos litigioso... no pueden ser cedidos... en paleluchos... ni notariados... lo del juzgado... en el juzgado... puedes ceder los derechos litigioso... o hacer cambio de endoso en propiedad...