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  • Consulta : 171450
  • Autor : Victormiaz
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  • Autor
    Respuesta No: 287197

  • Victormiaz
    ABOGADO PENAL


    (Visita mi oficina)

    Buenas tardes

     

    Generalmente, en la sentencia  se señala cuando debe entregra el condenado el bien inmueble. Evidentemente hay que esperar a que cause ejecutoria la sentencia y que se declare que la misma ha causado ejecutoria (hay que pedir que se decrete la ejecutoria), asimismo hay que solicitar se le requiera la entrega del bien inmueble con los apercibimientos de ley. Despues de que ha causado ejecutoria se le notifica, se le requiere la entrega y en caso contrario se solicita que a su costa se realice el lanzamiento. Esto es en general.

     

    Saludos