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Fecha de respuesta: Viernes 28 de Septiembre de 2012 13:10 2012-09-28 13:10 desde IP: 187.141.50.114
LOS BIENES GANANCIALES QUE ENTRAN EN LA SUCESION
Cuando la persona fallecida estaba casada, nuestra ley hace una distinción entre los bienes que entran en la sucesión: Están aquellos bienes que se compraron después de estar casados, que los denomina gananciales, y los que denomina bienes propios, que son aquellos otros que la persona fallecida tenía antes de haberse casado o que heredó o recibió como regalo luego de haberse casado.De los bienes gananciales la esposa o el marido que sobrevive, recibe la mitad. No lo hace como como heredero sino miembro de la “sociedad conyugal”.
La otra mitad la heredan los hijos....si estos son menores de edad, se les nombrara un ALBACEA quien administrara sus bienes hasta que cumplan la mayoria de edad.
CUÁNDO PUEDE ENTRARSE EN POSESION DE LOS BIENES DE LA HERENCIA
Los herederos forzosos, es decir, hijos, cónyuge y padres del difunto, entran en posesión de los bienes de la herencia desde el instante del fallecimiento. En cambio los demás herederos, sean los establecidos por la ley, como los hermanos, tíos, sobrinos o primos, como los que fueron designados mediante un testamento, sólo pueden entrar en posesión de los bienes que heredan con intervención del juez, ante quien deben acreditar el fallecimiento del dueño de los bienes y su derecho a heredardo..Si aun tiene dudas, puede ir al Juzgado Civil de su Estado y solicitar informacion con un defensor de oficio, quien no le cobrara absolutamente nada por el servicio ya que a este le paga el Estado....
ATTE. Lic. Oscar Garcia Salas
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