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  • Consulta : 170976
  • Autor : Scysmo
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  • Autor
    Respuesta No: 286537

  • Scysmo
    ESTUDIANTE


    (Visita mi Cubículo)

    En Mexico no existen la orden de restriccion si no las medidas de seguridad, pero estas son aplicadas por el juez en su sentencia cuando a su juicio son necesarias, no se de que estado seas pero al menos aqui en Baja California esto es lo que dice el codigo penal: 

    ARTICULO 4.- Principio para la aplicación de las penas y medidas de seguridad.-

    No podrá aplicarse pena alguna, si la acción u omisión no han sido realizadas culpablemente.
    Tampoco podrá aplicarse medida de seguridad alguna, sino por la realización de un hecho
    previsto como delito y siempre que de éste y de las circunstancias personales del sujeto,
    pueda derivarse la necesidad racional de su aplicación.
     
    En pocas palabras, a menos que esa persona cometa algun delito en contra tuya podra aplicarse la medida de seguridad.

     

    ARTICULO 4.- Principio para la aplicación de las penas y medidas de seguridad.-
    No podrá aplicarse pena alguna, si la acción u omisión no han sido realizadas culpablemente.
    Tampoco podrá aplicarse medida de seguridad alguna, sino por la realización de un hecho
    previsto como delito y siempre que de éste y de las circunstancias personales del sujeto,
    pueda derivarse la necesidad racional de su aplicación.