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  • Consulta : 170972
  • Autor : camacho
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  • Autor
    Respuesta No: 286759

  • camacho
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    El contrato privado de compraventa exhibido, junto con las pruebas que debera ofrecer en el periodo probatorio, para acreditar la venta, seran testigos de la compraventa, peritos en caligrafia y escritura para probar que la persona que los demando es la misma que les vendio, y las demas pruebas como la confesional del actor, la inspeccion ocular para acreditar que ustedes detentan el inmueble con el caracter de dueños, todas estas pruebas seran admisbles en el periodo probatorio, ya que las documentales que menciona debieron ofrecerse al contestar la demanda y al no hacerlo, solo se pueden ofrecer como pruebas supervinientes, que yo creo no les seran admitidas. Estas probanzas que le menciono considero seran suficientes para corroborar su legal posesion, ya que la adquirieron de quien hoy les demanda, y si no impugna o se declara falso el contrato, este por si mismo, sera suficiente con las pruebas que le menciono, para absolverlo de la demanda, si fue bien contestada y en tiempo. Asi mismo le aconsejo, que si la persona que le demando fue la misma que les vendio, inicien una averiguacion previa por un posible delito de fraude o falsedad. Atte. Lic. J. L. Camacho.