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Fecha de respuesta: Martes 25 de Septiembre de 2012 14:31 2012-09-25 14:31 desde IP: 200.34.175.252
Que tal, no dices que tipo de juicio se trata ni el Estado donde promoviste, por lo que a menos que en la legislación se ordene la ratificación del dictamen pericial, no tienes motivo para apelar o presentar el recurso de revocación (se determina por la prestación: determinada o indeterminada, así como el quantum; consulta el Código de Procedimientos).
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