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  • Consulta : 170830
  • Autor : PEGZA
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  • Autor
    Respuesta No: 286399

  • PEGZA
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

     

    Que tal, no dices que tipo de juicio se trata ni el Estado donde promoviste, por lo que a menos que en la legislación se ordene la ratificación del dictamen pericial, no tienes motivo para apelar o presentar el recurso de revocación (se determina por la prestación: determinada o indeterminada, así como el quantum; consulta el Código de Procedimientos).

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