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AutorRespuesta No: 286410
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Fecha de respuesta: Martes 25 de Septiembre de 2012 15:09 2012-09-25 15:09 desde IP: 201.103.192.160
El Juez sólo debió condenar en base a las prestaciones reclamadas en juicio.
Si la cónyuge demandada, no dio contestación o solicitó pensión para ella o sus hijos, el Juez no puede oficiosamente determinar un porcentaje por concepto de pensión alimenticia, sino sólo si se hubiere reclamado.
En tal sentido, en mi opinión sí se excedió de sus atribuciones y deberás apelar dicha determinación.
Suerte!
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