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  • Consulta : 170719
  • Autor : garovalo
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  • Autor
    Respuesta No: 286619

  • garovalo
    ABOGADO CIVIL


    (Visita mi oficina)

    otra que no sabe leer.... para eso hay codigo penal... señorita... y ahi ... hay el delito de fraude... y ese nace de los actos civiles... cuando un cobrador,,, no puede cobrar... esta demostrando la insolvencia del deudor... con ello tipifica el delito... y claro que hay carcel...