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Fecha de respuesta: Domingo 23 de Septiembre de 2012 12:02 2012-09-23 12:02 desde IP: 189.233.169.8
Mí estimada consultante Adela E. Palafox G
Mire, de la narrativa y duda por la que usted acude a este Foro, me permito comentarle que desafortunadamente en su caso, la situación de sus hijos por ser mayores de edad, serian ellos quienes podrían demandar una pensión de su padre (o inclusive de usted), ya que en su entidad, en las ultimas Reformas se remedió por ejemplo en los casos de divorcio, el trato injusto que reciban los hijos mayores de edad, cuando se encuentren imposibilitados para trabajar y carezcan de bienes propios; pues ahora se impuso a los consortes divorciados la obligación de proporcionarles alimentos, lo anterior siempre y cuando se acrediten los extremos de su pretensión.
Ahora bien, respecto de su situación, resulta muy difícil que usted lograra una pensión, dado a que tiene ingresos propios que su esposo pudiera comprobarle.
Si su intención es divorciarse, aquí habría que estudiar la condición general de su matrimonio (si se casó por bienes mancomunados, o separación de bienes, o si existen capitulaciones matrimoniales)
SALUDOS Y MUCHA SUERTE
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