- Inicio
- Foro
Tradicional Foro de consultas
- Consulta : 170483
- Autor : Ochoa, Donis S.C.
- Consultas en Foro: 1
- Respuestas en Foro: 8785
- Vox Populi:
Política:
Derecho:
Anecdotario:
- Cafes:
- Visitas a mi oficina: 5556
-
: 0 % -
: 0 %
-
AutorRespuesta No: 285991
-
Fecha de respuesta: Viernes 21 de Septiembre de 2012 22:19 2012-09-21 22:19 desde IP: 201.141.63.144
El padre de su novia posiblemente sí dejó testamento y se denomina Testamento Público Simplificado, éste con fundamento en el artículo 1549 bis del Código Civil para el Distrito Federal y su equivalente en el Código Civil Federal, ya que Infonavit considera esta figura en sus contratos y por lo tanto, el padre al momento de adquirir el inmueble por crédito de esta institución federal y nombrar a su hija como legataria del bien en caso de su muerte, consecuentemente su novia sería responsable de los alimentos de su hermano. Acuda a las oficinas del Infonavit con el acta de defunción y solicte por escrito le informen sobre la situación del inmueble. La sucesión intestamentaria es necesaria si existen más bienes del autor de la sucesión. Acuda con abogado de su confianza, cuidado con lo tinterillos y coyotes, cuídate a ti mismo.
-
Autor





